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Nuestras Políticas

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1. POLITICA INTEGRADA DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO AMBIENTE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

En SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, ofrecemos servicios especializados en el manejo integral de residuos hospitalarios, respel y similares. Satisfaciendo las necesidades y expectativas de nuestros clientes, identificando nuestros peligros, evaluando y valorando los riesgos y determinando sus controles, para la prevención de accidentes laborales, lesiones personales, daño a la propiedad e impacto socioambiental, protegiendo la integridad de empleados, contratistas, proveedores y demás partes interesadas.

Estamos comprometidos con la prevención de la contaminación de los aspectos e impactos ambientales generados en nuestras actividades, contamos con equipos especializados que reducen la contaminación ambiental con tecnologías limpias.

Para el logro de esta política la organización cuenta con recursos y personal altamente competente, promovemos el cumplimiento de los requisitos legales y de otra índole, garantizando la mejora continua de los procesos.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

2. POLITICA DE PREVENCION DE ALCOHOL Y DROGAS Y PORTE DE ARMAS

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, establece como objetivo principal en el marco de esta política, la conservación de la salud, seguridad y bienestar de sus empleados, de la misma forma se compromete con la promoción de estilos de vida saludables, que permitan prevenir el consumo de alcohol, drogas y tabaco. Por ello establece las siguientes directrices:

  1. Formación para para sus empleados.
  2. Adelantar acciones que le permitan prevenir su comercialización y posesión en los centros de trabajo.
  3. Cumplir con las disposiciones legales vigentes.
  4. Realizar y facilitar los medios para que a nuestros empleados se les practiquen pruebas de Alcohol Drogas, ya sean aleatorias, programadas, por causa justificada o por la existencia de una sospecha de su consumo.
  5. En caso de que cualquiera de nuestros empleados, se niegue a cumplir con el procedimiento para la realizarse las pruebas de Alcohol y Drogas, o estas tengan un resultado positivo, se tomaran las acciones disciplinarias establecidas en el reglamento interno de trabajo de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, para la atención de estos casos.
  6. No está permitido el porte o tenencia de cualquier tipo de arma (armas blancas, de fuego, etc.) durante la jornada o dentro de las instalaciones de la organización, lo cual incluye los lockers asignados para su custodia.

De esta manera la organización invita a todos los empleados que sufran de dependencia de Alcohol o Drogas, a firmar un documento de declaración de su enfermedad para proceder con la valoración del caso, en el entendido, del que el manejo de estas situaciones habrá cabal respeto por el derecho a la intimidad y al buen nombre del empleado y total apego a lo dispuesto por la legislación laboral colombiana. La organización manifiesta su compromiso en prestar apoyo en el proceso de rehabilitación a través de la coordinación de la atención de vida por parte de las entidades competentes en materia de salud (EPS).

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

3. POLITICA ANTICORRUPCION

En SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, esta política tiene como objetivo identificar y formalizar el proceso de prevención, detección de sobornos, extorción y fraude, actos que perjudican a la misma organización o a las personas que interactúan con ella. Esta política buscará evitar todo acto tendiente a eludir una disposición legal en perjuicio de la organización o de terceros.

La organización en pro de destacarse como una entidad transparente, honesta e íntegra se compromete a:

  1. Mantener el más alto nivel de normas profesionales y de ética en su forma de hacer negocios.
  2. Prohibir el soborno de empleados o funcionarios, en ningún caso serán aceptados regalos o promesa alguna a ningún tercero, con el fin de buscar beneficio en sus decisiones, acciones u omisiones, como tampoco será aceptado el recibimiento de dadivas que busquen que un empleado pretenda actuar de forma distinta a lo señalado dentro de los máximos comportamientos éticos y de conducta, contemplados dentro de nuestro código de ética.
  3. Protegerá a aquellas personas que denuncien cualquier tipo de violación a esta política.

La Alta Dirección de la organización es responsable de la administración, prevención y detección de los riesgos de fraude y corrupción, acompañando en todo momento las políticas acá establecidas.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

4. POLITICA DE PREVENCION DE ACOSO LABORAL Y RIESGO PSICOSOCIAL

Es compromiso de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, genera un ambiente de trabajo seguro y adecuado para aquellos que prestan su servicio a la organización, por lo tanto, promueve un ambiente de trabajo que erradique el acoso laboral, contando con la participación de todos sus trabajadores.

Todos los empleados tienen derecho a trabajar en un entorno libre de toda forma de discriminación y conductas que se puedan considerar hostigamiento, coerción o alteración.

Por su parte la organización trabajará en la prevención y erradicación de las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos los empleados para ser tratados con dignidad en el trabajo. Todos ellos deberán colaborar conjuntamente en la instauración del plan de prevención contra el acoso laboral.

La organización trabajará contra el acoso laboral desde un punto de vista preventivo, de manera que se convierta en una política integrativa de los sistemas de gestión que desarrolla la organización.

Cualquier persona que se encuentre inmersa en un comportamiento de hostigamiento será sujeta a investigación de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente, procedimientos y sus respectivas medidas disciplinarias.

La empresa trabaja en el riesgo psicosocial como medida preventiva para el acoso laboral.

Esta Política será publicada, divulgada y actualizada cada vez que la organización lo considere pertinente. De igual manera estará disponible a todas las partes interesadas.

5. POLITICA DE DERECHOS HUMANOS

En SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, esta política tiene como objetivo desde la Gerencia General comprender y acoger con responsabilidad, su compromiso y rol social de garantizar el respeto de los DERECHOS HUMANOS. Entiende que su cumplimiento no distingue nacionalidad, lugar de residencia, edad, raza, sexo, religión, opinión política, identidad de género, idioma o lengua, condición física, estado civil, origen étnico, estatus social, o cualquier otra condición. Asume, igualmente, que uno de sus más grandes esfuerzos debe estar orientado a evitar la violación de los derechos humanos y a promover el cumplimiento, en todos los contextos en los que se desarrollan sus actividades productivas y comerciales; cada uno de los miembros y grupos de interés de la organización tiene el deber de contribuir al logro de la misión, a través de un comportamiento que refleje consistentemente los principios y valores, enfocados al respeto de los Derechos Humanos.

  1. Respetar y proteger las personas a cargo del SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP.
  2. Respetar el derecho y libertad sin distinción o discriminación por su raza, sexo, religión, identidad de género, casta, idioma, edad, color, nacionalidad, afiliación sindical, afiliación política, discapacidad, genero, orientación sexual, estado civil, origen étnico, estatus social o cualquier otra característica
  3. Condenar, prohibir y denunciar el acoso sexual y otras formas de discriminación contra las mujeres y proteger sus derechos
  4. Respetar el derecho a la vida, a la seguridad y a la
  5. Reconocer y respetar la dignidad, honra y reputación de todo el
  6. Respetar la libertad de pensamiento y expresión.
  7. Proteger de los derechos legales, consuetudinarios y de uso de los grupos de interés.
  8. Los trabajadores podrán organizarse y crear espacios de diálogo y negociación, en las que deberá primar el respeto, la tolerancia y la búsqueda permanente de un clima laboral propicio para el logro de los objetivos económicos y sociales de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP.
  9. Respetar los derechos de todo el personal para afiliar y afiliarse a sindicatos de su elección y negociar colectivamente.
  10. Respetar el derecho a condiciones de trabajo sanas y seguras mediante el establecimiento del Sistema de Seguridad enfocado a eliminar, minimizar y controlar los riesgos a las personas y los ambientes de
  11. Derecho a la calidad de vida, al tiempo libre y al
  12. Derecho a la vida cultural y la recreación.
  13. No permitir, condenar y denunciar cualquier actividad que incluya formas dañinas o explotadoras de trabajo forzoso e infantil; brindar protección a los migrantes ilegales sobre abusos en el empleo; no al tráfico de migrantes ilegales; tratamiento justo de la mano de obra migrante y promover acciones concretas para el respeto de este derecho en los Grupos de Interés con los que se relaciona la organización.
  14. No permitir la discriminación en materia de empleo y ocupación.
  15. Promoción de una mayor responsabilidad y respeto medio ambiental, garantizando una operación segura en la cadena de suministro, identificado los modos de interacción de las actividades de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, con el medio ambiente, promoviendo acciones para mitigar o mejorar los impactos, incluyendo en el reglamento de trabajo, acciones para quienes vulneren este derecho y promoviendo la responsabilidad en torno a este derecho en los Grupos de Interés con los que se relaciona la organización.
  16. Garantizar la protección de los Derechos Humanos de los defensores de derechos humanos, ONG, portavoces de la comunidad o denunciantes de irregularidades; asegurando el anonimato cuando así lo soliciten, no permitir la intimidación, acoso por parte de la organización, los organismos de seguridad física contratada ni propia, servicios contratados y en general por ningún miembro de la organización.
  17. Promoción de una cultura corporativa de dialogo, interacción, concertación tanto al interior de la organización y con los Grupos de Interés, para prevenir y manejar de manera participativa las situaciones propias de la operación de trabajos recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos.
  18. Promover una cultura de respeto y sana convivencia al interior de la organización de acuerdo con lo establecido en el reglamento interno de trabajo y código de ética.

La Alta Dirección de la organización es responsable de la administración, prevención y detección de los derechos humanos, acompañando en todo momento las políticas acá establecidas.

Esta Política será publicada, divulgada y actualizada cada vez que la organización lo considere pertinente. De igual manera estará disponible a todas las partes interesadas.

6. POLITICAS   DE DECONEXION LABORAL

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, somos una empresa responsable consciente e involucrada en la calidad del bienestar de nuestros empleados. Por esta razón hemos creado esta política de DESCONEXION LABORAL.

El presente documento favorece al debido equilibrio en la relación descanso-trabajo, en aras al desarrollo profesional de las personas y bajo criterios saludables y eficaces, todo ello desde una perspectiva integral de la salud, en sus tres ámbitos: social, físico y mental.

El pasado 6 de enero de 2022, entró en vigencia la Ley No. 2191 de 2022, que regula la desconexión laboral, así pues, en cumplimiento de la legalidad vigente y con motivo de los últimos cambios realizados en la normativa laboral, se implementa la Política de Desconexión laboral, la cual resulta aplicable a todos los trabajadores de nuestra organización.

La desconexión laboral es un derecho y, en consecuencia, no constituye una obligación. Se reconoce en todo caso, el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo, el respeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar, salvo situaciones de urgencia, extrema necesidad o fuerza mayor. En particular, se garantizará que los empleados podrán ejercer su derecho a la desconexión Laboral.

Este derecho atenderá a la naturaleza y objeto de la relación laboral, con la diferenciación entre tiempo efectivo de trabajo, tiempo personal y de descanso, así mismo, contribuirá a la conciliación de la vida profesional y familiar de los trabajadores, asegurando la productividad y la adecuada prestación del servicio. El ejercicio del derecho a la desconexión laboral no implicará la aplicación de medidas disciplinarias ni impacto en evaluaciones de desempeño, salvo que de la conducta del empleado se hubiera derivado un perjuicio para la empresa y/o para el resto de sus trabajadores.

 

Principios de actuación.

El derecho a la desconexión laboral se concretará en la presente política interna elaborada conforme a lo establecido en la Ley y se regirá, en términos generales, de acuerdo a las siguientes reglas o modalidades de ejercicio:

  1. Como norma general, los trabajadores de la empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, no enviarán mensajes de correo electrónico fuera de su horario laboral, incluyendo fines de semana, festivos y vacaciones, salvo situaciones de urgencia, extrema necesidad o fuerza mayor. Sin perjuicio de lo establecido en caso de emergencia, ningún trabajador podrá exigir respuesta al mensaje electrónico enviado fuera del horario laboral del destinatario. De igual modo, evitará marcar el correo electrónico como urgente si no es estrictamente necesario.
  1. Como norma general, la emisión de comunicaciones de índole laboral a través de medios digitales no podrá tener lugar entre la finalización de la jornada laboral y el inicio de la siguiente. En caso de que este tipo de comunicaciones sean emitidas y/o recibidas fuera del citado horario, el emisor de estas deberá tener presente que el receptor podrá ejercitar su derecho a la desconexión laboral y contestarlas únicamente dentro de su horario laboral. Lo anteriormente indicado no resultaría de aplicación en: situaciones de urgencia, extrema necesidad a saber: supuestos que puedan suponer un grave riesgo hacia las personas o un potencial perjuicio empresarial hacia el negocio, cuya urgencia requiera de la adopción de medidas especiales o respuestas inmediatas. Situaciones de fuerza mayor.
  1. Utilización sistemática de mensajes automáticos fuera de la oficina que estuvieran disponibles en los sistemas corporativos de mensajería y correo electrónico tales como, por ejemplo: “envío diferido” en los correos, remitidos fuera del horario laboral o durante las vacaciones, bajas por enfermedad, etc.
  1. Utilización por parte del emisor de herramientas de programación que pudieran estar disponibles en los sistemas de correo electrónico o mensajería, tales como, por ejemplo: programación de envío de correos electrónicos, para que sean recibidos dentro del horario laboral del receptor. (Sobre envíos diferidos y programación: En este tipo de mensajes automáticos, durante periodos de ausencia se deberá indicar las fechas en las que el trabajador no estará disponible y designar el correo o los datos de contacto de la persona que estará reemplazando al trabajador durante su ausencia.
  1. Se planificarán las reuniones, dentro de lo posible en horario laboral, como norma general, con inicio a las 8:00 horas de la mañana y considerando las 17:00 horas, como hora de finalización de la última reunión. Las reuniones tendrán una duración de 45 minutos. Se evitarán las convocatorias -en sentido orientativo y nunca limitativo- de formación, reuniones, videoconferencias, presentaciones, etc. En la medida de lo posible, efectuar las convocatorias a sesiones o reuniones con la antelación suficiente para que los trabajadores puedan planificar su jornada. Como norma general, incluir en las convocatorias la hora de inicio y finalización, así como toda la documentación que vaya a ser tratada, con el fin de que se puedan visualizar y analizar previamente los temas a tratar y las reuniones sean lo más productivas y efectivas posible no dilatándose en el tiempo más de lo establecido. En todo caso, en las convocatorias se respetarán los horarios de reducción de jornada y régimen de trabajo a turnos. Estas medidas podrán ser revisadas periódicamente por la Empresa en caso de que fuera necesario adaptarlas a nuevas y futuras necesidades de la empresa.
  2. En cualquier caso, todos los trabajadores incluirán en la firma del correo electrónico corporativo, el siguiente mensaje: “Los mensajes recibidos fuera del horario laboral, fines de semana, festivos y vacaciones no requieren respuesta inmediata a menos que existan razones de extremada gravedad o urgencia”.
  3. La Empresa potenciará el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores tras la finalización de su jornada laboral. La Empresa difundirá internamente la presente política mediante los oportunos comunicados periódicos internos para todos los trabajadores, la ubicación de la presente política en la intranet corporativa. La empresa impartirá de forma periódica, sesiones de formación y concientización sobre el uso racional de herramientas tecnológicas. A tal efecto, se incluirán estas formaciones dentro del Plan de Formación. Estas acciones podrán ser revisadas periódicamente por la empresa en caso de que fuera necesario adaptarlas a nuevas y futuras necesidades de la organización.
  4. Estarán excluidos del cumplimiento de estas disposiciones los trabajadores de dirección, confianza o manejo de la empresa.

En aras del compromiso de la empresa con mantener un ambiente laboral sano y conciliador, todos sus miembros, con independencia de su categoría, nivel o posición ocupada, deben colaborar en la correcta aplicación de la presente Política. Serán en todo caso de aplicación, las políticas mediante el preceptivo correo electrónico y WhatsApp, lo cual se remitirá a todos los trabajadores.

A fin de evitar efectos de represalia contra quienes formulen peticiones o quejas en contra de jefes que extiendan el horario de trabajo, la empresa garantizara los procedimientos para que los trabajadores lo presenten de manera propia o anónima respetando el debido proceso y garantías constitucionales y legales en favor del trabajador, determinando la existencia o no de la extensión del horario laboral, solucionando en principio mediante arreglo directo, verificando los posibles acuerdos y la cesación de la extensión si fuere el caso.

La presente política es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores de la empresa. En caso de incumplimiento de la misma, será de aplicación el régimen sancionador previsto en el Reglamento Interno, contratos individuales de trabajo; ello sin perjuicio de acciones civiles o incluso penales que pudieran derivarse del citado incumplimiento. La presente Política podrá ser revisada de forma periódica y a fin de incluir en ella cuantas modificaciones y actualizaciones se considere necesarias para su buen funcionamiento.

El presente documento será publicado y estará disponible permanentemente en la página web corporativa en la siguiente ruta: https://www.solac.com.co. De este modo, todos los trabajadores de la Empresa quedarán debidamente informados de los criterios contenidos en el presente documento.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

7. POLITICA Y CRITERIOS PARA LA HABILITACION DE TRABAJO EN CASA

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, somos una empresa responsable consciente e involucrada en la calidad del bienestar de nuestros empleados. Por esta razón hemos creado esta política de habilitación para el trabajo en casa.

  1. Esta figura es ocasional, excepcional y especial, para trabajadores y empleadores.

Definición:

Es la habilitación al trabajador para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva.

CRITERIOS.

  1. Se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del trabajador en las instalaciones de la empresa.
  2. La coordinación deberá darse desde el momento mismo de la asignación de tareas o actividades, para la cual se deberán fijar los medios y herramientas que permitan el reporte, seguimiento y evaluación.
  3. El empleador se abstendrá a formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.
  4. Durante el tiempo que dure el trabajo en casa se mantendrán vigentes las normas de Código Sustantivo de Trabajo y su jornada será igual a la que venía prestando en la empresa, De igual forma se puede cambiar sin vulnerar los derechos fundamentales del trabajador.
  5. Están excluidos del cumplimiento de estas disposiciones los trabajadores de dirección, confianza o manejo de la empresa.
  6. La habilitación de trabajo en casa asignada por circunstancias excepcionales ocasionales o especiales se extenderá por tres meses prorrogables por un término igual, sin embargo, si persisten las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidieran que el trabajador pudiera realizar sus funciones en su lugar de trabajo se extenderá la habilitación del trabajo en casa hasta que desaparezcan dichas condiciones.
  7. El empleado podrá disponer de sus propios equipos y demás herramientas, siempre que llegue a un acuerdo con el empleador, pero si no se llega a un acuerdo el empleador suministrará los equipos, sistema de información, software o materiales necesarios para el desarrollo de la función o labor contratada de acuerdo a su disponibilidad.
  8. El empleador definirá los criterios y responsabilidades en cuanto al acceso y cuidado de los equipos, así como respecto a la custodia y reserva de la información de conformidad con las normas vigentes.
  9. Para dar inicio a esta habilitación de trabajo en casa, el empleador deberá notificar por escrito a sus trabajadores, y en dicha comunicación, se indicará el periodo de tiempo que el trabajador estará laborando bajo esta habilitación.
  10. Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se les reconozca el auxilio de transporte durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación de trabajo en casa, se le reconocerá este pago a título de auxilio de conectividad digital.
  11. El auxilio de conectividad y auxilio de transporte no son acumulables.

Durante el tiempo que se presta el servicio o actividad bajo la habilitación de trabajo en casa, el trabajador continuará disfrutando de los mismos derechos y garantías que rigen su relación laboral, así mismo su ARL.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

8. POLITICA DE USO DE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

La empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, en cumplimiento de los ordenamientos emitidos por el Ministerio del Trabajo y la Legislación Nacional Vigente, ha establecido la presente Política sobre el uso de los Elementos de Protección Personal en cada puesto de trabajo.

El objetivo principal de esta Política es proteger a sus trabajadores, empleados y visitantes de los riesgos a que están expuestos dentro de las instalaciones de la empresa, dentro de los vehículos y en el desarrollo de las labores ordenadas.

  1. Por lo tanto, establece, que el uso de elementos de protección personal es de carácter OBLIGATORIO, para los trabajadores y visitantes como parte de su propia seguridad.
  2. Es responsabilidad de cada trabajador, cuidar sus Elementos de Protección Personal.
  3. Para hacer la reposición de los Elementos de Protección Personal, es indispensable devolver los deteriorados o dañados.

Los coordinadores, supervisores logísticos y operativos, será la autoridad responsable del control y cumplimiento de la presente Política.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

9. POLITICA DE CONTRATACION DE PERSONAL

La empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, especializada en el manejo integral de residuos hospitalarios, respel y similares, tiene como política en la contratación de personal dar prioridad a la Mano de Obra Calificada y Mano de Obra No Calificada de la región o zona de influencia donde se ejecute el proyecto teniendo en cuenta las siguientes directrices:

  1. Se realiza la convocatoria de las vacantes ofertadas por medio de la Agencia Pública de Empleo SENA y Cajas de Compensación Familiar.
  2. Se dará prioridad a las personas con certificado de residencia del municipio donde se esté ejecutando el proyecto.
  3. Personal que cumpla con el perfil y las competencias del cargo en términos de experiencia y conocimientos.
  4. Si no hay personal de la región que cumpla con las exigencias del cargo, se dará oportunidad a las

personas residentes de los municipios vecinos.

  1. En última instancia se convocará y contratará personal calificado del resto del país.

El área encargada de dar cumplimiento a esta política será gestión de RRHH.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

10. POLITICA INTEGRAL DE SEGURIDAD VIAL

Es compromiso de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, realizar actividades de promoción y prevención de accidentes en la conducción de equipos en vías públicas y/o vías por donde haga tránsito para el desarrollo de sus actividades.

Es responsabilidad de la organización, garantizar que sus empleados cuenten con la formación y competencias necesarias que le permitan disminuir la probabilidad de ocurrencia de accidentes que puedan afectar la integridad física y mental de nuestro personal, clientes, contratistas, la comunidad o el ambiente.

Para cumplir este propósito la organización establece directrices bajo los cuales se enmarca esta política:

  1. Cumplir con la legislación vigente aplicable, enmarcando los principios de seguridad, calidad, preservación de un ambiente sano y la protección del espacio público.
  2. Establecer estrategias para lograr la concientización de sus empleados y/o contratistas, a través de capacitaciones orientadas hacia la prevención de accidentes de tránsito, respeto de las señales de tránsito, otros conductores y usuarios de la vía, adoptando comportamientos seguros y siendo proactivos frente a la aplicación de las técnicas del manejo defensivo.
  3. Vigilar la responsabilidad de su personal y contratistas frente a la realización de los mantenimientos preventivos, predictivos y correctivos de los vehículos de la organización o terceros, provistos para el ejercicio de su labor, con el objeto de mantener un desempeño óptimo de éstos y establecer medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños a la persona, propiedad y al ambiente.
  4. Hacer un seguimiento juicioso al programa de gestión y riesgo psicosocial establecido para intervenir los factores generados por la fatiga y el sueño.
  5. Mantener turnos y horarios de trabajo que contribuyan con el buen desempeño y la productividad de nuestro personal.
  6. Destinar los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para dar cumplimiento a la política.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

11. POLÍTICA DE USO DEL CINTURON DE SEGURIDAD

 

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, somos una empresa responsable consciente e involucrada en la excelencia de la seguridad vial para peatones, acompañantes y conductores y demás actores viales, por tal razón se deben poner en práctica las funciones y responsabilidades del uso del cinturón de seguridad cumpliendo con los requisitos legales como lo indica la norma, en pro de la mejora continua.

Por tal razón se establecen los siguientes lineamientos para la política:

  1. La empresa establece el uso obligatorio del cinturón de seguridad, siendo esta, una de las políticas de más alta prioridad.
  2. Se prohíbe a los conductores y acompañantes iniciar el viaje sin antes haber abrochado el cinturón de seguridad.
  3. Constituye una violación de la política, que los conductores no utilicen de forma responsable el cinturón de seguridad, poniendo en riesgo su vida e integridad.
  4. Constituye a una violación de la política, no cumplir con la Resolución 19200 de 2002 “Por la cual se reglamenta el uso e instalación del cinturón de seguridad de acuerdo con el artículo 82 del Código Nacional de Tránsito Terrestre” como se indica en el Artículo 3 “El uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todos los vehículos automotores. El conductor y los acompañantes que utilicen asientos con cinturón de seguridad instalado, deberán utilizarlo de manera apropiada durante la conducción normal del vehículo de tal forma que no limite la libertad de movimiento del conductor y de los acompañantes y se reduzca el riesgo de daños corporales en un accidente eventual”.
  5. La empresa realizará inspecciones sorpresa, del uso del cinturón de seguridad, en los que se involucra a conductores y acompañantes durante los desplazamientos.
  6. La empresa, informará y publicará todo lo relacionado con funciones, responsabilidades y deberes que deben cumplir los conductores y acompañantes en la utilización del cinturón de seguridad.
  7. Constituye una violación de las políticas de la empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, quien no ponga en práctica lo establecido en la política y lo dicho en la formación dentro de la inducción.
  8. Cualquier violación de esta política, por parte de cualquier empleado o contratista, conllevara a tomar medidas disciplinarias que puede poner en riesgo las labores del empleado.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

12. POLITICA DE REGULACION DE VELOCIDAD

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, es prioridad para la organización realizar actividades de promoción y prevención de accidentes en la conducción de equipos en vías públicas y/o vías por donde haga tránsito para el desarrollo de sus actividades. Por ello y como responsable y comprometida implementa en su política la regulación de los límites de velocidad, de acuerdo al estado de la infraestructura vial y el tipo de servicio de transporte que prestamos con el fin de promover y privilegiar la protección de los usuarios de las vías.

Por tal razón establece los siguientes lineamientos para la política:

  1. Constituye una violación de la política de la empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, el incumplimiento de la Resolución 1384 de 2010; Por la cual se adopta el método para establecer los límites de velocidad en las carreteras nacionales, departamentales, distritales y municipales de Colombia, y demás normas que la modifiquen o sustituyan.
  2. Constituye una violación de la política de la empresa aquel conductor que incumpla con los límites de velocidad máximos y mínimos dependiendo el tipo de zona por la que transite.
  3. Constituye una violación de la política de la empresa, aquellos conductores que no respeten las instrucciones de cualquier control de tránsito que haya sido instalado y funcione con lo establecido en las disposiciones legales reglamentarias.
  4. Todo conductor que reduzca su velocidad en la dirección o en la situación de un vehículo en marcha o estacionado, debe señalar con la debida anticipación y en forma reglamentaria antes de ir a ejecutar la maniobra ya que puede poner en riesgo la seguridad de otros vehículos, acompañantes y peatones.
  5. Se prohíbe circular a menos de la velocidad mínima establecida, salvo en ocasiones en que por razones naturales o artificiales dificulte la conducción.
  6. Todo conductor de carga que transite por autopistas y carreteras especiales debe regular y atender a las señales de regulación de velocidad con el fin de mejorar el uso de carriles y seguridad vial.
  7. Todo aquel conductor que circule por la vía pública debe mantener distancia, velocidad, conocimiento de las condiciones de la vía y las de su propio vehículo, la cual garantiza la detención oportuna en caso de que el vehículo que lo precede frene intempestivamente.
  8. Todo conductor que reduzca la velocidad intente detenerse, cambiar de carril o dirección, debe cerciorarse antes de iniciar la maniobra para así poderla ejecutar con seguridad.
  9. Cualquier violación de esta política, por parte de los conductores conllevará a tomar medidas disciplinarias y sancionatorias que puedan afectar y comprometer la no continuidad de su trabajo.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

13. POLITICA DE RESTRICCION DE USO DE EQUIPOS MOVILES

SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, es una empresa que trabaja continuamente con el propósito de mejorar la seguridad vial de peatones, acompañantes y conductores y demás actores viales, comprometiéndose a trabajar de la mano con sus empleados, clientes, y otras partes interesadas; cumpliendo con los requisitos legales y ambientales.

Por lo tanto, SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, establece los siguientes lineamientos para la política:

  1. La empresa, prohíbe a sus conductores, el uso de teléfonos celulares y equipos móviles, mientras conduce su vehículo, ya que podría poner en riesgo la vida.
  2. Se prohíbe el uso de teléfonos celulares al estar operando un vehículo personal llevando a cabo actividades de la empresa.
  3. Constituye una violación de las políticas de la empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP que un conductor cometa infracciones de tránsito, teniendo como resultado el uso de teléfono celulares a la hora de conducir.
  4. Constituye una violación de las políticas de la empresa, no evitar llamadas telefónicas mientras conduce; ya que esto puede ocasionar distracciones de las condiciones de tráfico, de conducir y de otros conductores.
  5. SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, se compromete a publicar y difundir la misión principal del conductor, responsabilidades y obligaciones; con el fin de disminuir la tasa de accidentalidad por el mal manejo y uso de teléfonos celular mientras conduce.
  6. Constituye una violación de las políticas de la empresa, quien no ponga en práctica lo establecido en la política y lo dicho en la formación dentro de la inducción.
  7. Cualquier violación de esta política por parte de cualquier empleado o contratista conllevara a tomar medidas disciplinarias que puedan comprometer la continuidad de su empleo.

Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.

14. POLITICA DE ENCENDIDO Y APAGADO DE LOS VEHICULOS

El gerente de SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, establece la mencionada política como un aspecto fundamental y prioritario para el control y prevención de riesgos Ambientales y el cuidado de los bienes de la Empresa; la cual obliga a cumplir lo siguiente:

  1. El conductor debe estar certificado y autorizado para movilizar el vehículo asignado. Todo empleado que conduzca debe contar con todas las habilidades psíquicas y físicas para garantizar la operación segura del vehículo a cargo.
  1. El conductor debe tener claro conocimiento de la ficha técnica de encendido y apagado del vehículo establecido por la Empresa.
  1. Que el fin primordial de realizar un adecuado encendido y apagado del vehículo es evitar daños en el mismo que sea causa de generar contaminación ambiental por los gases emanados.
  1. Cuando el vehículo no esté en movimiento, debe ser apagado, teniendo en cuenta que hay que esperar un tiempo prudencial de entre uno (1) y cinco (5) minutos para que el mecanismo del turbo lubrique y enfríe adecuadamente.

Esta debe ser conocida y practicada por todos los colaboradores que hacen parte de la empresa por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos nuestros colaboradores y demás partes interesadas.

 

15. POLITICA DE REGULACION DE HORAS DE CONDUCION Y DESCANSOS

La empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, con la adopción de esta política, pretende lograr un óptimo desempeño en el desarrollo de sus operaciones dentro del marco de la seguridad vial. Esta política establecerá la obligatoriedad de la práctica de pausas activas como una medida obligatoria para promover y regular el adecuado descanso de los conductores.

En consecuencia, los programas que se implementen bajo esta política deberán:

  1. Establecer pausas activas cada 3 horas de ruta continua. (ejercicios de estiramiento).
  2. Establecer esquemas de seguimiento sobre el cumplimiento de los tiempos de reposo y pausas a los conductores que realicen actividad en recorridos largos.
  3. Evaluar en caso de accidente o incidente de trabajo la probabilidad de causalidad por la fatiga.

Esta debe ser conocida y practicada por todos los colaboradores que hacen parte de la empresa por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos nuestros colaboradores y demás partes interesadas.

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