SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, somos una empresa responsable consciente e involucrada en la calidad del bienestar de nuestros empleados. Por esta razón hemos creado esta política de DESCONEXION LABORAL.
El presente documento favorece al debido equilibrio en la relación descanso-trabajo, en aras al desarrollo profesional de las personas y bajo criterios saludables y eficaces, todo ello desde una perspectiva integral de la salud, en sus tres ámbitos: social, físico y mental.
El pasado 6 de enero de 2022, entró en vigencia la Ley No. 2191 de 2022, que regula la desconexión laboral, así pues, en cumplimiento de la legalidad vigente y con motivo de los últimos cambios realizados en la normativa laboral, se implementa la Política de Desconexión laboral, la cual resulta aplicable a todos los trabajadores de nuestra organización.
La desconexión laboral es un derecho y, en consecuencia, no constituye una obligación. Se reconoce en todo caso, el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo, el respeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar, salvo situaciones de urgencia, extrema necesidad o fuerza mayor. En particular, se garantizará que los empleados podrán ejercer su derecho a la desconexión Laboral.
Este derecho atenderá a la naturaleza y objeto de la relación laboral, con la diferenciación entre tiempo efectivo de trabajo, tiempo personal y de descanso, así mismo, contribuirá a la conciliación de la vida profesional y familiar de los trabajadores, asegurando la productividad y la adecuada prestación del servicio. El ejercicio del derecho a la desconexión laboral no implicará la aplicación de medidas disciplinarias ni impacto en evaluaciones de desempeño, salvo que de la conducta del empleado se hubiera derivado un perjuicio para la empresa y/o para el resto de sus trabajadores.
Principios de actuación.
El derecho a la desconexión laboral se concretará en la presente política interna elaborada conforme a lo establecido en la Ley y se regirá, en términos generales, de acuerdo a las siguientes reglas o modalidades de ejercicio:
- Como norma general, los trabajadores de la empresa SOLUCIONES AMBIENTALES DEL CARIBE SA ESP, no enviarán mensajes de correo electrónico fuera de su horario laboral, incluyendo fines de semana, festivos y vacaciones, salvo situaciones de urgencia, extrema necesidad o fuerza mayor. Sin perjuicio de lo establecido en caso de emergencia, ningún trabajador podrá exigir respuesta al mensaje electrónico enviado fuera del horario laboral del destinatario. De igual modo, evitará marcar el correo electrónico como urgente si no es estrictamente necesario.
- Como norma general, la emisión de comunicaciones de índole laboral a través de medios digitales no podrá tener lugar entre la finalización de la jornada laboral y el inicio de la siguiente. En caso de que este tipo de comunicaciones sean emitidas y/o recibidas fuera del citado horario, el emisor de estas deberá tener presente que el receptor podrá ejercitar su derecho a la desconexión laboral y contestarlas únicamente dentro de su horario laboral. Lo anteriormente indicado no resultaría de aplicación en: situaciones de urgencia, extrema necesidad a saber: supuestos que puedan suponer un grave riesgo hacia las personas o un potencial perjuicio empresarial hacia el negocio, cuya urgencia requiera de la adopción de medidas especiales o respuestas inmediatas. Situaciones de fuerza mayor.
- Utilización sistemática de mensajes automáticos fuera de la oficina que estuvieran disponibles en los sistemas corporativos de mensajería y correo electrónico tales como, por ejemplo: “envío diferido” en los correos, remitidos fuera del horario laboral o durante las vacaciones, bajas por enfermedad, etc.
- Utilización por parte del emisor de herramientas de programación que pudieran estar disponibles en los sistemas de correo electrónico o mensajería, tales como, por ejemplo: programación de envío de correos electrónicos, para que sean recibidos dentro del horario laboral del receptor. (Sobre envíos diferidos y programación: En este tipo de mensajes automáticos, durante periodos de ausencia se deberá indicar las fechas en las que el trabajador no estará disponible y designar el correo o los datos de contacto de la persona que estará reemplazando al trabajador durante su ausencia.
- Se planificarán las reuniones, dentro de lo posible en horario laboral, como norma general, con inicio a las 8:00 horas de la mañana y considerando las 17:00 horas, como hora de finalización de la última reunión. Las reuniones tendrán una duración de 45 minutos. Se evitarán las convocatorias -en sentido orientativo y nunca limitativo- de formación, reuniones, videoconferencias, presentaciones, etc. En la medida de lo posible, efectuar las convocatorias a sesiones o reuniones con la antelación suficiente para que los trabajadores puedan planificar su jornada. Como norma general, incluir en las convocatorias la hora de inicio y finalización, así como toda la documentación que vaya a ser tratada, con el fin de que se puedan visualizar y analizar previamente los temas a tratar y las reuniones sean lo más productivas y efectivas posible no dilatándose en el tiempo más de lo establecido. En todo caso, en las convocatorias se respetarán los horarios de reducción de jornada y régimen de trabajo a turnos. Estas medidas podrán ser revisadas periódicamente por la Empresa en caso de que fuera necesario adaptarlas a nuevas y futuras necesidades de la empresa.
- En cualquier caso, todos los trabajadores incluirán en la firma del correo electrónico corporativo, el siguiente mensaje: “Los mensajes recibidos fuera del horario laboral, fines de semana, festivos y vacaciones no requieren respuesta inmediata a menos que existan razones de extremada gravedad o urgencia”.
- La Empresa potenciará el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores tras la finalización de su jornada laboral. La Empresa difundirá internamente la presente política mediante los oportunos comunicados periódicos internos para todos los trabajadores, la ubicación de la presente política en la intranet corporativa. La empresa impartirá de forma periódica, sesiones de formación y concientización sobre el uso racional de herramientas tecnológicas. A tal efecto, se incluirán estas formaciones dentro del Plan de Formación. Estas acciones podrán ser revisadas periódicamente por la empresa en caso de que fuera necesario adaptarlas a nuevas y futuras necesidades de la organización.
- Estarán excluidos del cumplimiento de estas disposiciones los trabajadores de dirección, confianza o manejo de la empresa.
En aras del compromiso de la empresa con mantener un ambiente laboral sano y conciliador, todos sus miembros, con independencia de su categoría, nivel o posición ocupada, deben colaborar en la correcta aplicación de la presente Política. Serán en todo caso de aplicación, las políticas mediante el preceptivo correo electrónico y WhatsApp, lo cual se remitirá a todos los trabajadores.
A fin de evitar efectos de represalia contra quienes formulen peticiones o quejas en contra de jefes que extiendan el horario de trabajo, la empresa garantizara los procedimientos para que los trabajadores lo presenten de manera propia o anónima respetando el debido proceso y garantías constitucionales y legales en favor del trabajador, determinando la existencia o no de la extensión del horario laboral, solucionando en principio mediante arreglo directo, verificando los posibles acuerdos y la cesación de la extensión si fuere el caso.
La presente política es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores de la empresa. En caso de incumplimiento de la misma, será de aplicación el régimen sancionador previsto en el Reglamento Interno, contratos individuales de trabajo; ello sin perjuicio de acciones civiles o incluso penales que pudieran derivarse del citado incumplimiento. La presente Política podrá ser revisada de forma periódica y a fin de incluir en ella cuantas modificaciones y actualizaciones se considere necesarias para su buen funcionamiento.
El presente documento será publicado y estará disponible permanentemente en la página web corporativa en la siguiente ruta: https://www.solac.com.co. De este modo, todos los trabajadores de la Empresa quedarán debidamente informados de los criterios contenidos en el presente documento.
Esta política del sistema integrado de gestión debe ser conocida y practicada por la organización, por lo cual será actualizada, divulgada y comunicada en forma permanente y estará disponible para todos los colaboradores y partes interesadas.